Micelio
Auto2 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Margarita Cabello Blanco·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento Del Procurador General De La Nacion
  • Aceptar por intervención en la expedición de la norma acusada
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por la Procuradora General de la Nación.

La jefe del Ministerio Público consideró estar incursa en la causal de impedimento prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, consistente en haber intervenido en la expedición de la norma.

Ello, porque en su otrora condición de Ministra de Justicia y del Derecho suscribió en representación del Estado colombiano el Tratado objeto de revisión.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que la manifestación de la Procuradora se enmarca en las causales reconocidas en el Decreto 2067 de 1991 y, con base en ello, ACEPTÓ el impedimento y dispuso correr traslado al Viceprocurador General de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente, para que rinda el concepto correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ACEPTAR el impedimento presentado por la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, para emitir el concepto de que trata el artículo 278.5 de la Constitución Política, en el Expediente LAT-481.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, CORRER TRASLADO al Viceprocurador General de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente a la Procuradora General de la Nación, para que rinda el concepto correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.